Con estas palabras, el despacho de abogados Roca Junyent rebate la reforma auspiciada por el Ministerio de Economía y con la que se pretende, entre otros objetivos, reducir el número de colegios profesionales al mínimo imprescindible. En un informe jurídico firmado por Miquel Roca y Manuel J. Silva al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, el despacho advierte de que “las medidas contenidas en el anteproyecto vacían, en la práctica, a los colegios profesionales de su finalidad esencial de tutela de intereses públicos vinculados al ejercicio de determinadas profesiones tituladas”, como la disciplina profesional o las sanciones penales o administrativas. Roca recuerda que el artículo 36 de la Constitución, relativo a los colegios profesionales, no permite al legislador “vaciar de contenido y funciones y, a la postre, desnaturalizar a la corporación profesional”. Por tanto, ve el anteproyecto “incompatible con el reconocimiento y configuración que la Constitución y la doctrina del Tribunal Constitucional atribuyen a los colegios profesionales como personas jurídico-públicas distintas a las asociaciones y a las que se encomienda la tutela de intereses públicos”. Recuerda que la naturaleza, configuración y función de los colegios profesionales no ha sido en ningún caso cuestionada por la normativa comunitaria. (expansion.com)
Con estas
palabras, el despacho de abogados Roca Junyent rebate la lreforma
auspiciada por el Ministerio de Economía y con la que se pretende, entre
otros objetivos, reducir el número de colegios profesionales al mínimo
imprescindible.
En un informe jurídico firmado por Miquel Roca y Manuel J. Silva al que
ha tenido acceso EXPANSIÓN, el despacho advierte de que “las medidas
contenidas en el anteproyecto vacían, en la práctica, a los colegios
profesionales de su finalidad esencial de tutela de intereses públicos
vinculados al ejercicio de determinadas profesiones tituladas”, como la
disciplina profesional o las sanciones penales o administrativas.
Roca recuerda que el artículo 36 de la Constitución, relativo a los
colegios profesionales, no permite al legislador “vaciar de contenido y
funciones y, a la postre, desnaturalizar a la corporación profesional”.
Por tanto, ve el anteproyecto “incompatible con el reconocimiento y
configuración que la Constitución y la doctrina del Tribunal
Constitucional atribuyen a los colegios profesionales como personas
jurídico-públicas distintas a las asociaciones y a las que se encomienda
la tutela de intereses públicos”. Recuerda que la naturaleza,
configuración y función de los colegios profesionales no ha sido en
ningún caso cuestionada por la normativa comunitaria.
Reservas de actividad
El informe, que ha sido encargado por el Consejo Superior de Colegios de
Arquitectos de España (Cscae), también pone en entredicho que el texto
de Economía elimine las reservas de actividad hasta ahora reconocidas a
los arquitectos, señalando que esta atribución al colectivo no se oponía
ni se opone al Derecho europeo, ni a la Constitución.
Por otro lado, el presidente de Cscae, Jordi Ludevid, asegura que ha
tenido ocasión de entrevistarse con el comisario europeo Joaquín Almunia
y otros funcionarios de la UE que le han desmentido que haya una
exigencia comunitaria para modificar la regulación actual de la
profesión de arquitectos en España.
Roca ve inconstitucional la reforma de la Ley de Servicios Profesionales,Noticias Jurídicas | Abogados - Bufetes - Sentencias | Jurídico | Expansión.com
Roca ve inconstitucional la reforma de la Ley de Servicios Profesionales,Noticias Jurídicas | Abogados - Bufetes - Sentencias | Jurídico | Expansión.com
“El
anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales resulta inconstitucional
pudiendo su aplicación causar perjuicios irreparables a los intereses
públicos vinculados al ejercicio de determinadas profesiones y cuya
tutela corresponde a los colegios profesionales”.
Roca ve inconstitucional la reforma de la Ley de Servicios Profesionales,Noticias Jurídicas | Abogados - Bufetes - Sentencias | Jurídico | Expansión.com
Roca ve inconstitucional la reforma de la Ley de Servicios Profesionales,Noticias Jurídicas | Abogados - Bufetes - Sentencias | Jurídico | Expansión.com
“El
anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales resulta inconstitucional
pudiendo su aplicación causar perjuicios irreparables a los intereses
públicos vinculados al ejercicio de determinadas profesiones y cuya
tutela corresponde a los colegios profesionales”.
Miquel Roca, presidente de Roca Junyent.
Miquel Roca, presidente de Roca Junyent.
Con estas palabras, el despacho de abogados Roca Junyent rebate la
lreforma auspiciada por el Ministerio de Economía y con la que se
pretende, entre otros objetivos, reducir el número de colegios
profesionales al mínimo imprescindible.
En un informe jurídico firmado por Miquel Roca y Manuel J. Silva al que
ha tenido acceso EXPANSIÓN, el despacho advierte de que “las medidas
contenidas en el anteproyecto vacían, en la práctica, a los colegios
profesionales de su finalidad esencial de tutela de intereses públicos
vinculados al ejercicio de determinadas profesiones tituladas”, como la
disciplina profesional o las sanciones penales o administrativas.
Roca recuerda que el artículo 36 de la Constitución, relativo a los
colegios profesionales, no permite al legislador “vaciar de contenido y
funciones y, a la postre, desnaturalizar a la corporación profesional”.
Por tanto, ve el anteproyecto “incompatible con el reconocimiento y
configuración que la Constitución y la doctrina del Tribunal
Constitucional atribuyen a los colegios profesionales como personas
jurídico-públicas distintas a las asociaciones y a las que se encomienda
la tutela de intereses públicos”. Recuerda que la naturaleza,
configuración y función de los colegios profesionales no ha sido en
ningún caso cuestionada por la normativa comunitaria.
Reservas de actividad
El informe, que ha sido encargado por el Consejo Superior de Colegios de
Arquitectos de España (Cscae), también pone en entredicho que el texto
de Economía elimine las reservas de actividad hasta ahora reconocidas a
los arquitectos, señalando que esta atribución al colectivo no se oponía
ni se opone al Derecho europeo, ni a la Constitución.
Por otro lado, el presidente de Cscae, Jordi Ludevid, asegura que ha
tenido ocasión de entrevistarse con el comisario europeo Joaquín Almunia
y otros funcionarios de la UE que le han desmentido que haya una
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#1 13.jul.2013 | 01:51
Los colegios de arquitectos, como los demás, no defienden ningún interés
general; sólo defienden sus propios intereses particulares, los de
mantener sus esferas de poder, los intereses económicos de sus
directivos. Son la misma casta parasitaria que constituyen los políticos
en la inmensa mayoría de ámbitos en que desarrollan su actividad.
Supresión de la obligatoriedad de colegiación ya! Supresión del visado
obligatorio ya! Basta de organismos inútiles llenos de parásitos!
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ACCM
#2 13.jul.2013 | 12:25
Discrepamos del Sr. Roca, la nueva LSP nace para adaptar nuestra
legislación a la Directiva Europea de Servicios. ASOCIACIÓN CUOTA
COLEGIAL MÍNIMA solicita que en la nueva Ley de Servicios Profesionales
se establezca un límite económico a las cuotas colegiales excesivas. Más
información en www.cuotacolegialminima.blogspot.com
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Xavi-Cat
#3 02.ago.2013 | 20:39
@Antor1 #1 ¿podrías explicar/argumentar cómo asocias/vinculas a unos
arquitectos y al Colegio de Arquitectos con los polt. ?. Un Saludo
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jacobinos 03.Ago.2013 | 08:26
Los tecnócratas ultraliberales del FMI PROPONEN : ...
ejcb14 02.Ago.2013 | 19:03
Yo no creo que el gobierno haga esto, porque enton ...
klos 03.Ago.2013 | 01:50
el FMI no da una, una vez dicen una cosa y una vez ...
katuain 03.Ago.2013 | 10:13
Propongo reducir el personal del FMI un 50 por 100 ...
rafel007 02.Ago.2013 | 16:59
@klos te se ve el plumero.....
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Roca ve inconstitucional la reforma de la Ley de Servicios Profesionales,Noticias Jurídicas | Abogados - Bufetes - Sentencias | Jurídico | Expansión.com
Roca ve inconstitucional la reforma de la Ley de Servicios Profesionales,Noticias Jurídicas | Abogados - Bufetes - Sentencias | Jurídico | Expansión.com
“El
anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales resulta inconstitucional
pudiendo su aplicación causar perjuicios irreparables a los intereses
públicos vinculados al ejercicio de determinadas profesiones y cuya
tutela corresponde a los colegios profesionales”.
Miquel Roca, presidente de Roca Junyent.
Miquel Roca, presidente de Roca Junyent.
Con estas palabras, el despacho de abogados Roca Junyent rebate la
lreforma auspiciada por el Ministerio de Economía y con la que se
pretende, entre otros objetivos, reducir el número de colegios
profesionales al mínimo imprescindible.
En un informe jurídico firmado por Miquel Roca y Manuel J. Silva al que
ha tenido acceso EXPANSIÓN, el despacho advierte de que “las medidas
contenidas en el anteproyecto vacían, en la práctica, a los colegios
profesionales de su finalidad esencial de tutela de intereses públicos
vinculados al ejercicio de determinadas profesiones tituladas”, como la
disciplina profesional o las sanciones penales o administrativas.
Roca recuerda que el artículo 36 de la Constitución, relativo a los
colegios profesionales, no permite al legislador “vaciar de contenido y
funciones y, a la postre, desnaturalizar a la corporación profesional”.
Por tanto, ve el anteproyecto “incompatible con el reconocimiento y
configuración que la Constitución y la doctrina del Tribunal
Constitucional atribuyen a los colegios profesionales como personas
jurídico-públicas distintas a las asociaciones y a las que se encomienda
la tutela de intereses públicos”. Recuerda que la naturaleza,
configuración y función de los colegios profesionales no ha sido en
ningún caso cuestionada por la normativa comunitaria.
Reservas de actividad
El informe, que ha sido encargado por el Consejo Superior de Colegios de
Arquitectos de España (Cscae), también pone en entredicho que el texto
de Economía elimine las reservas de actividad hasta ahora reconocidas a
los arquitectos, señalando que esta atribución al colectivo no se oponía
ni se opone al Derecho europeo, ni a la Constitución.
Por otro lado, el presidente de Cscae, Jordi Ludevid, asegura que ha
tenido ocasión de entrevistarse con el comisario europeo Joaquín Almunia
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#1 13.jul.2013 | 01:51
Los colegios de arquitectos, como los demás, no defienden ningún interés
general; sólo defienden sus propios intereses particulares, los de
mantener sus esferas de poder, los intereses económicos de sus
directivos. Son la misma casta parasitaria que constituyen los políticos
en la inmensa mayoría de ámbitos en que desarrollan su actividad.
Supresión de la obligatoriedad de colegiación ya! Supresión del visado
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Discrepamos del Sr. Roca, la nueva LSP nace para adaptar nuestra
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COLEGIAL MÍNIMA solicita que en la nueva Ley de Servicios Profesionales
se establezca un límite económico a las cuotas colegiales excesivas. Más
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#3 02.ago.2013 | 20:39
@Antor1 #1 ¿podrías explicar/argumentar cómo asocias/vinculas a unos
arquitectos y al Colegio de Arquitectos con los polt. ?. Un Saludo
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Los tecnócratas ultraliberales del FMI PROPONEN : ...
ejcb14 02.Ago.2013 | 19:03
Yo no creo que el gobierno haga esto, porque enton ...
klos 03.Ago.2013 | 01:50
el FMI no da una, una vez dicen una cosa y una vez ...
katuain 03.Ago.2013 | 10:13
Propongo reducir el personal del FMI un 50 por 100 ...
rafel007 02.Ago.2013 | 16:59
@klos te se ve el plumero.....
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“El
anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales resulta inconstitucional
pudiendo su aplicación causar perjuicios irreparables a los intereses
públicos vinculados al ejercicio de determinadas profesiones y cuya
tutela corresponde a los colegios profesionales”.
Miquel Roca, presidente de Roca Junyent.
Miquel Roca, presidente de Roca Junyent.
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lreforma auspiciada por el Ministerio de Economía y con la que se
pretende, entre otros objetivos, reducir el número de colegios
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contenidas en el anteproyecto vacían, en la práctica, a los colegios
profesionales de su finalidad esencial de tutela de intereses públicos
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Roca recuerda que el artículo 36 de la Constitución, relativo a los
colegios profesionales, no permite al legislador “vaciar de contenido y
funciones y, a la postre, desnaturalizar a la corporación profesional”.
Por tanto, ve el anteproyecto “incompatible con el reconocimiento y
configuración que la Constitución y la doctrina del Tribunal
Constitucional atribuyen a los colegios profesionales como personas
jurídico-públicas distintas a las asociaciones y a las que se encomienda
la tutela de intereses públicos”. Recuerda que la naturaleza,
configuración y función de los colegios profesionales no ha sido en
ningún caso cuestionada por la normativa comunitaria.
Reservas de actividad
El informe, que ha sido encargado por el Consejo Superior de Colegios de
Arquitectos de España (Cscae), también pone en entredicho que el texto
de Economía elimine las reservas de actividad hasta ahora reconocidas a
los arquitectos, señalando que esta atribución al colectivo no se oponía
ni se opone al Derecho europeo, ni a la Constitución.
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